Las reglas establecidas para la depuración de los censos de las elecciones multiestamentarias fueron las establecidas en el artículo 31 del Acuerdo Nro. 049 de 2018.
ARTÍCULO 31°. En la consulta podrán participar de manera exclusiva las personas que se encuentren inscritas en el censo.
En ningún caso un mismo votante podrá votar más de una vez por una misma representación.
El proceso electoral se surtirá conforme a las siguientes reglas:
Si un miembro de la comunidad universitaria pertenece a más de un estamento en una misma facultad podrá votar una sola vez en un estamento con la siguiente prelación: docente, estudiante y graduado.
Si un miembro de la comunidad universitaria pertenece a más de un estamento en diferentes facultades podrá ejercer su derecho al voto por el candidato respecto de cada facultad a la que se encuentre adscrito.
Si un estudiante o un graduado pertenecen a dos o más programas de diferentes facultades podrán ejercer su derecho al voto por el candidato respecto de cada facultad a la que se encuentren adscritos.
Si un estudiante o un graduado hacen parte de dos o más programas de la misma facultad podrán votar respecto del programa al que ingresaron o se graduaron primero.
En el caso de las elecciones de los diferentes comités de la Universidad de Caldas no existe prelación alguna.